El hijo. Como registrar a nuestro recién nacido
Vamos a suponer que habéis encontrado pareja en este estupendo país (o igual la traíais ya de casa), que habéis iniciado un noviazgo y que habéis tenido la suerte de aguant… disfrutar el uno del otro lo suficiente como para casaros. La cosa va bien… pero no se queda ahí, ya que os quedáis embarazados (vale, tampoco hace falta casarse antes para esto…) por lo que antes de poder pedir la baja y ayuda por matermindad (Mutterschutz y Elterngeld) o la ayuda para la crianza del niño (Kindergeld) deberéis registrarlo convenientemente tanto en Alemania como en España. Así que vamos al ello.
Podemos resumir este trámite en varios pasos.
El reconocimiento paterno y la tutoría compartida (Vaterschaftsanerkennung und gemeinsames Sorgerecht)
Que la madre del niño es la madre, eso es evidente (como me decía mi madre cuando era chico, «madre no hay más que una y a ti te encontré en la calle»), pero… ¿y el padre? ese tema no está tan claro, o al menos no es tan evidente como en el caso de la madre, por lo que para poder reivindicar la paternidad del crío hay que entregar un papel que diga que estamos seguros de que somos el afortunado padre. Este documento se conoce como Vaterschaftsanerkennung y aunque no es obligatorio realizarlo, si que es conveniente, sobre todo si la afortunada pareja no está casada legalmente. Con respecto al otro documento, el gemeinsames Sorgerecht, se trata de un papel que firman ambas partes y por el cual se comprometen a compartir todos los derechos y obligaciones que implican su reciente paternidad. Hay que tener en cuenta que puede realizarse el primer trámite y no el segundo, pero para poder realizar el segundo es imprescindible realizar el primero. Por último comentar que pueden realizarse ambos con anterioridad al parto o bien una vez que el niño haya puesto un pie en este mundo y se puede realizar en el Servicio Social de Menores de tu ciudad (Stadtjugendamt), en los juzgados locales (Amtsgericht) o ante notario.
La partida de nacimiento (Geburtsurkunde)
A diferencia del anterior, este trámite si es obligatorio y solo es posible realizarlo tras el nacimiento. Si el parto se realiza en el hospital, será aquí donde nos proporcionen los documentos para rellenarlos, pero en caso contrario (nacimiento el algún tipo de clínica privada o en tu domicilio), deberemos conseguirlos en el Registro Civil (Standesamt). Los documentos son los siguientes:
- Declaración de nombre de pila (Erklärung über die Vornamen eines Kindes). En este documento se indican los datos de los padres, el nombre que se le da al recién nacido así como los datos de su nacimiento.
- Declaración de los apellidos (Erklärung über die Namensführung eines Kindes). En este documento se indica el «formato» que se desea para los apellidos del niño.
Este último documento no es necesario entregarlo siempre. Para saber si necesitamos entregarlo, hay que conocer previamente como funciona la ley alemana en cuanto a los apellidos del niño se refiere, y que funciona de la siguiente forma:
- Si los padres no están casados, según ley alemana su hijo llevará automáticamente el apellido de la madre.
- Si los padres están casados y llevan un apellido común, según ley alemana su hijo llevará automáticamente el apellido común.
- Si los padres están casados pero no llevan un apellido común, según ley alemana tienen que hacer una declaración de apellidos en la cual determinarán los apellidos de su hijo.
- Si los padres ya han hecho una declaración de apellidos para otro hijo, según ley alemana los apellidos determinados en dicha declaración se aplican automáticamente para todos los hijos nacidos después.
En caso de necesitarlo por encontrarse en el tercer caso (padres casados sin apellidos en común) o bien simplemente porque no se quiere seguir la ley alemana para establecer los apellidos del niño, será necesario por tanto entregar el documento mencionado. Hay que tener en cuenta que tal como se ha dicho, si previamente se ha hecho una declaración de apellidos para un hijo anterior, no podrá variarse. De iguala forma, si no se hizo con un hijo previo, dejando que sus apellidos siguieran las especificaciones alemanas, no podrá realizarse una declaración de apellidos para los siguientes hijos.
Junto con los documentos indicados, los cuales deberemos presentarlos el dicho Registro Civil, habrá que entregar los siguientes documentos:
- Partida de matrimonio (Heiratsurkunde) si los padres están casados. En caso de no ser alemana, deberá presentarse en su versión plurilingüe.
- Reconocimiento de paternidad (Vaterschaftsanerkennung) en caso de no estar casados.
- Partidas de nacimiento de los dos progenitores (Geburtsurkunde) que en caso de no ser alemanas, deberán presentarse en su versión plurilingüe.
- y en caso de no estarlo, la madre deberá presentar su partida de nacimiento alemana (Geburtsurkunde) en caso de poseer dicha nacionalidad, o la plurilingue en caso de tener una nacionalidad diferente a la alemana.
Tras una espera que puede ser de entre varios días y varías semanas, se obtienen tres copias gratuitas del certificado de nacimiento del niño, las cuales podrán usarse para solicitar el Kindergeld, el Elterngeld y para la Krankenkasse. Si se desea obtener una copia extra habrá que pagar 10€ por ella en caso de quererla internacional (necesaria para poder inscribir el niño en el consulado) y 5€ por una alemana (los precios pueden variar según la región de Alemania en la que os encontréis).
El cuaderno de revisiones (Untersuchungsheft)
Este cuadernillo amarillo os lo dan directamente cuando nazca el bebe y se corresponde con el documento donde irán anotándose todas las revisiones que se le hagan al niño, incluida la primera que la harán nada más nazca el bebe, así que llevarlo cada vez que vayais al pediatra. Es muy importante cumplir con las revisiones obligatorias, ya que en caso contrario podríais tener problemas con la aseguradora médica.
Inscripción del menor en el consulado
Ya que nos ponemos, nos ponemos. Ahora tenemos que registrar el niño en el consulado español, por lo que acudiremos al que nos corresponda (tenemos que estar registrados con anterioridad) y deberemos acudir con la siguiente documentación:
- Documento de solicitud de registro civil debidamente cumplimentado (lo podéis encontrar aquí por si queréis echarle un vistazo).
- La partida de nacimiento del niño (Geburtsurkunde) ya sea la original (la cual te devuelven) o una copia compulsada.
- El libro de familia de ambos progenitores.
- Partida de nacimiento de ambos padres.
- En caso de no estar casados deberemos llevar el acta de reconocimiento de paternidad y consentimiento materno (Vaterschaftsanerkennug und Mutterschaftszustimmung).
- Certificado de empadronamiento de ambos padres (Meldebescheinigung).
- Documento de solicitud de inscripción como residente para el niño debidamente cumplimentado y acompañado de una fotografía del niño así como firmado al dorso por el padre o la madre (el formulario lo podéis solicitar en el mismo consulado).
- El Documento de la declaración explicativa para la inscripción en el PERE/CERA (lo podéis encontrar formulario aquí por si queréis echarle un vistazo) debidamente cumplimentado y firmado por el padre o la madre.
- Los documentos nacionales de identidad o pasaportes de los padres.
Aunque los puntos anteriores son los trámites burocráticos principales que debemos seguir para poder legalizar la situación de nuestro retoño, hay otros temas que también deberíamos abordar.
Pasaporte del niño
Si pretendemos llevar al niño a España para que toda su feliz familia española puedan conocerlo, es necesario hacerle un pasaporte al niño o niña. En caso de que el matrimonio sea entre un alemán y un española o viceversa, se puede elegir si sacarle el pasaporte español o el alemán (o ambos si os hace ilusión) por lo que deberéis acudir al consulado español o bien al Registro Civil alemán (Standesamt) respectivamente.
En el caso del pasaporte español, hay algunos consulados que permiten tramitarlo a la vez que se registra el niño en el consulado, pero otros requieren que primero se realice el registro y posteriormente se gestione el pasaporte. En cualquier caso, para poder gestionarlo será necesario entregar dos fotos de carnet del bebe y pagar las tasas correspondientes, que ascienden a unos 26€.
Ya solo me queda decir «¡FELICIDADES!» a los padres del niño.
Lo primero, muchas gracias por el artículo, me viene genial.
En serio una foto del niño recién nacido al consulado? XD va a servir de mucho una foto de recién nacido, en unos meses ya no sirve de gran cosa creo yo 😮 y habrá que ver como conseguir hacerle unas fotos que supongo deberán tener formato foto carne de toda la vida…
Por otra parte, a mi una pareja de italianos me dijo que siendo los dos de fuera les hicieron hacer a los DOS a la madre y padre un papel reconociendo al niño…
Y como añadido, si ya se tienen hijos creo que ya no es posible elegir nada, todos los hermanos deben tener los mismos apellidos. Tampoco tengo muy claro si siendo los dos españoles se podría seguir realmente el sistema alemán de apellidos.
¡Gracias por el aporte Taisa!
Un saludo.
¡Hola Rafa! Muchas gracias de nuevo por toda la información que aportas.
Como ya sabes, después de tener a la peque, he hecho también una entrada sobre el registro del bebé en Alemania, ampliando con todos los trámites que tuve que hacer.
Dejo el enlace, si no te importa, por si a alguien le resulta útil: lasaventurasdetaisa.com/registrar-un-bebe-nacido-en-alemania
Gracias de nuevo Taisa. He modificado mi artículo para añadir algún que otro punto extra que aparece en tu artículo, gracias a tu experiencia «de primera mano».
Un saludo.
Pues en febrero nació aquí mi hija y tuve yo que pasar por todos estos tramites. Primero todo el papeleo alemán y luego al consulado, si ambos padres sois españoles como es mi caso no te queda de otra que sacarle pasaporte español. Para lo cual necesitas 2 fotos, una para el registro y otra para el pasaporte. Lo mejor es hacérsela en un fotógrafo no es fácil pero después de un rato sale algo decente, jeje.
Gracias por el aporte Beatriz.
Un saludo.
Muchas gracias Rafael por toda la información y enhorabuena por tu paternidad.
Puede ser que la partida de nacimiento que os pidan en el Consulado Español en el caso de que no estéis casados y la madre sea alemana difiera algo a la que normalmente se expide. Deberéis solicitar una «Geburtsurkunde mit Randvermerk». Mejor aclararlo antes con los funcionarios del Consulado para ahorraros el doble paseo.
Un gran saludo
Gracias Luziano, pero no he sido padre, jajaja.
Además, por esa regla de tres, también me habría divorciado hace un par de semanas, y nadie me ha felicitado todavía 😀
Gracias! Puntualizo una cosita: si se decide que el niño tenga los dos apellidos, siguiendo la ley española, a inscribirlo al Standesamt tienen que ir ambos padres, porque los dos tienen que firmar. Así de paso te aseguras de que en el último momento el padre no decida registrarte a un Horst o una Kunigunde 😉
Y en cuanto al pasaporte español y el alemán: el español dura sólo un año y cuesta una pasta. El alemán dura unos cuantos, y la versión de sólo Europa (hay otra más cara para el mundo entero) cuesta mucho menos. En caso de poder elegir, yo me ahorraba el español, y se lo hacía cuando tenga edad de que le dure.
Pasaporte solo para Europa… lo que no se les ocurra a los alemanes para ahorrar dinero es que no existe…
Hola.
Gracias por la información.
Necesitaría un apunte a este comentario basado en un caso que tengo yo y mi mujer ahora: Hemos tenido a nuestra hija en Colonia y al registrarla en el hospital, la que hace el papeleo para enviarlo al registro no me ha podido confirmar que podamos usar derecho español para registrarla. Nos dice que el registro, al recibir el papeleo que hemos firmado ambos, donde hemos puesto los apellidos según derecho español, se proninciará.
He pedido que al enviar papeles al registro se haga una nota de que lo que hemos escrito en el formulario se lleve a cabo pues queremos hacerlo según el derecho español y que sabemos que tenemos derecho a hacerlo, pero dice que lo único que podemos hacer es llamar por teléfono al registro antes de que lleguen los papeles o entretanto para cerciorarme si lo que he escrito se plasmará en el registro alemán, pues personalmente tendríamos que coger cita y se nos pasaría el plazo, además de que el proceso para niños nacidos en hospitales es a través del hospital, esto es, non me dan la posibilidad de que yo y mi mujer (pareja mixta casados en Alemania) lo hagamos en persona en el Standesamt.
¿No están tomando el pelo en el hospital con que no podemos registrarlo en persona?
Hola de nuevo.
Como siempre, con ánimo de ayudar, explico cómo sigue la historia que generó mi comentario anterior:
A pesar de que en el hospital no supieron decirma nada de cómo hacer constar nuestro deseo de aplicar el derecho español para el nombre de nuestra hija.
El hospital envió el formulario que nosotros habíamos cumplimentado con los dos apellidos y el registro nos llamó por teléfono para decirnos que lo que queríamos era posible, pero que teníamos que enviarles una declaración firmada por los dos diciendo expresamente que queríamos que se aplicase ese derecho, lo cual hemos hecho redactándolo, escaneando el documento y enviándoselo a la funcionaria por correo electrónico.
En mi caso, en una ciudad con mucho extranjero, parece que el registro cononce y aplica correctamente la legislación.
En el caso de que, si algún registro pequeño no tiene constancia de este derecho, aquél que lea esto y quiera fundamentarlo, puede acogerse a los párrafos siguientes: https://dejure.org/gesetze/EGBGB/10.html, recogido en la Einführungsgesetz
Espero que ayude en caso de problemas con el registro que os toque en suerte.
Hola buenas!!! Tengo una duda!! Para hacerle la Geburtsurkunde a mi bebe, los papis no estamos casados y somos los dos españoles, necesito obligatorio mi partida de nacimiento internacional? Porque acabo de enterarme ayer☹️☹️ Y me queda menos de un mes, que hago si no me llega a tiempo? Muchas gracias
Por lo que yo se, si que es obligatorio, pero digo yo que no habrá problema, creo que cuentas con tiempo suficiente.
¡Un saludo y felicidades!
Hola.
Aún suponiendo que esta respuesta no te sea útil ahora, pues la cosa se ha pasado de largo, creo que dar constestaciones actuales ayuda a los siguientes que entren en este foro buscando respuestas.
La partida de nacimiento, una copia, «plurilingüe» es solicitable por internet en la página web del ministerio de justicia y os llega a casa por correo ordinario en menos de una semana (he solicitado ya dos y nos os miento si os digo que ni tres días duró el envío).
Os recomiendo que sepáis en qué tomo y libro del registro civil de la ciudadd en el que os inscribieron de antemano.
¡Gracias por el aporte!
Un saludo.
Hola Nosotros sonos los dos españoles y dare a luz en diciembre Estamos casados asi que si vamos los dos con fotos, libro de familia porquw ya tenemos una hija y la partida de nacimiento Entiendo q es suficiente Son fechas d Navidad y queremos pasarlas en casa. Gracias
Hola! Mi novio es alemán y no estamos casados, así que necesito mi partida de nacimiento plurilingüe. La cosa es: puede ser un extracto de mi partida de nacimiento o tiene que ser la literal?
Contestadme cuanto antes, por favor, que estoy de riesgo y como esto explote.. A ver qué hago! Jajaj
Siento mucho no haber podido contestarte antes, son cientos de mensajes los que llegan al blog y ya es imposible contestarlos en un plazo razonable. En cualquier caso, como supungo que ya habrás dado a luz ¿podrías indicar aquí si te sirvió el extracto o si finalmente entregaste la literal?
Un saludo y felicidades por el nacimiento 🙂
Hola! Muchas gracias por toda la información que habéis compartido. Tengo la siguiente consulta. Mi novia y yo vamos a tener un niño en Alemania sin estar casados. Ella es alemana y yo soy español y queremos conservar nuestros apellidos. Nos gustaría que el niño tenga los dos apellidos, de acuerdo al modelo español, pero según lo que he leído anteriormente, al no estar casados, llevará automáticamente el apellido de la madre ¿Existe la posibilidad de registrarlo con los dos apellidos sin estar casados?
Muchas gracias!
Creo que si entregas el certificado de paternidad deberías tener opción a elegir el modelo español haciendo la solicitud correspondiente y entregando el formulario para la especificación de apellidos.
Un saludo.
Hola Jose Luis
Tengo el mismo caso como tu y me gustaría saber cómo lo hicistes al final. Ojalá puedas ayudarme, muchas gracias.
muy buen articulo. Espectacular y necesario para un padre primerizo como yo en Alemania, con escasos conocimientos del idioma alemán.
mi mas sincero agradecimiento a tu blog !!!! lo valoro con un 10 !!!!!
Muy buenas. En mi caso, acabo de tener un hijo con una chica alemana y no estamos casados. Le he dicho que le pongamos al nino primero su apellido y después el mio. Creo que seria un solo apellido pero doble. Mi novia dice que no quiere, porque luego vamos a tener problemas con temas de medico y tal. Entre lo que me ha dicho y lo que yo deduzco, simplemente no quiere, y dice que aqui en Alemania no se puede simplemente. Mi pregunta es: al ser el nino también espanol, tengo derecho a ponerle tambien mi apellido, o solo con el consentimiento de la madre? Muchas gracias por el Blog y por las respuestas que lleguen. Saludos y abrazos!
Hola David, una familiar mia tiene el mismo problema pero en su caso ELLA es la extranjera y le han dicho que el niño solo puede llevar el apellido del papa. Estan en averiguaciones, si se de algo te lo dire.
muy buen blog, felicitaciones
Gracias Leo 🙂
Hola tengo una pregunta mi novia y yo somos españoles recien me e enterado que nesecito el papel de reconocimiento de mi hijo «vaterschafanerkennung» ya que mi novia no sabe el idioma me piden que tengo que traer a un traductor con nosotros y no me da tiempo a conseguir uno podria despues ponerle mi apellido ya que no estamos casados y no me gustaria que mi hijo no llevara mi apellido ya que el primero que naco en españa si lo lleba.
hola .yo tengo un hijo de 11 años de edad en España.no estoy casado con la madre,,pero si lo tengo reconocido desde que nacio… he entregado libro de familia ,partida de nacimiento,certificado de escolarizacion y los datos de la madre y demás que se me pedia en los formularios,, he recibido una carta en respuesta de la oficina de Bayer que es donde se gestiona el kindergeld en el caso de que el niño de momento viva en España,,,, me dicen que no me aceptan la solicitud porque el niño no vive en mi casa en España y porque pudiera la madre (liarse con otro y por ende tener el niño un padre extranjero,,o sea no aleman,,?…….no se como puedo recurrir o arreglar el tema.. no tengo convenio regulador con la madre puesto que hasta ahora nos hemos entendido bien en cuanto a mi ayuda economica y demas, debiera tal vez la madre exigirme via legal desde España una pension o algun documento por el estilo para asi yo poder recibir a su vez la ayuda del kindergeld ? las pasamos canutas yo he trabajado nueve meses en Alemania pagando 500 e de alquiler con un sueldo de 1500,,,,pago por el seguro de un opel corsa 70 e al mes ,,casi tres veces mas caro que en España,,,obligado 17 e mes por television. y la madre cobra 400 e al mes por trabajar en España gasta 120 en gasofa o sea le quedan 280 e,,,, el alquiler le cuesta en España 400e.. yo contaba con este kindergeld. hay algun gestor cerca de wiesbaden que me pueda asesorar ? gracias
Hola a todos
tengo una pregunta
mi novia es española y esta embarazada yo soy colombiano y soy ilegal y estamos viviendo en Alemania aproximadamente hace 6 meses mi pregunta es si al nacer el bebé yo puedo obtener algún tipo de beneficio como una residencia o permiso de trabajo para yo poder responder por mi hijo
gracias espero su pronta respuesta
Hola rafael, tuviste algún tipo de respuesta a tu pregunta, ya que yo estoy en esa misma situación
Hago mi aportación acerca de obtener el Geburtsurkunde. En nuestro caso, por azares de la vida, el nacimiento ha sido en Essen en Lugar de Düsseldorf, nuestra vivienda habitual, así que ha sido ahí donde la pequenya está inscrita. El Hospital envió directamente el Geburtsanzeige y yo solo tuve que traer nuestros dos pasaportes y el libro de familia espanyol. La funcionaria me dijo que con el Libro de Familia era suficiente, que ya había visto otros y no necesitaba el certificado de matrimonio internacional. Quizás ayudó que la boda la celebrasemos en el Consulado Espanyosl en Düsseldorf, pero lo que es seguro es que me ahorré un paso burocrático más.
En cuanto al nombre, evidentemente se habían hecho un lío con lo de los apellidos, así que allí mismo lo corregí, de modo que tenga dos apellidos en el registro alemán que coincidirán con los dos apellidos según el derecho espanyol. Para ello ambos padres han de firmar la declaración de que están de acuerdo con el nombre que se le da a la ninya. No es necesario que los dos estén presentes.
En General muy rápido (prácticamente sin colas) y sencillo. Ein Kinderspiel!
PD Tampoco necesité presentar nuestros Geburtsurkunden. Lo dicho, me sorprendió lo fácil y rápido que fue todo. Aproveché para pedir un certificado de nacimiento internacional, para poder usarlo en la inscripción en el Consulado. Y el Standesamt de Essen ya se puso en comunicación con el de Düsseldorf para que la ninya fuera inscrita en el Einwohnermeldeamt. Eficacia alemana a plena potencia!
Muchas gracias por la información tan clara y detallada.
En el tema del apellido quería comentarte que nosotros no estamos casados y nuestro hijo nacido en Enero 2018 no tiene automáticamente mis apellidos sino que pudimos registrarlo en Alemania (y después en el Consulado español) con el primer apellido del padre (alemán) y el segundo apellido de la madre (yo española) especificando en el formulario que seguíamos la reglamentación de apellidos de España.
Tengo una pregunta:
En mi caso acabo de obtener la nacionalidad alemana y para no perder la española voy hoy al consulado español a firmar un documento que confirme que quiero mantener también la española. Este trámite hay que hacerlo en los 3 años siguientes de la obtención de la alemana para no perder la española.
– sabes si los niños con 2 nacionalidades tienen que hacer algún trámite para no perder alguna de ellas cuando sean mayores de edad?
Saludos
Veronica
Me guso la información gracias
hola buenas noches , bueno yo queria ver si alguien me puede ayudar, bueno yo trabajo en alemania como vollzeit y estoy esperando un bebe, lo que quiero saber si me puedo bajar a teilzeit tendre problema en mi visa?ella es de estonia comunion europea, yo llevo 10 anos aca en alemania, abra un problema si pido dinero al jobcenter ,yo solo tengo visa cada 3 anos , en la visa tendre problema me la alargaran si tengo un bebe con una ciudadana europea
Hola,
muchas felicitaciones por el blog, pero queria dejarte una puntualiacion:
Si los padres no están casados, según ley alemana su hijo llevará automáticamente el apellido de la madre
—> esto ultimo puede que sea cierto, pero todavia se puede hacer lo siguiente: te puedes acoger al Spanischer Art (hacer un escrito diciento que asi lo quieres), que significa que puedes ponerle el apellido del padre y el de la madre, como ha sido nuestro caso y nuestra nina disfruta de primer apellido espanol y segundo aleman sin ningun problema.
Un saludo
Hola soy mexicana y mi pareja también, estoy en Alemania y quiero saber que pasa si mi bebe nace aquí, que es lo que pasa con nuestro estatus migratorio y el de mi bebe, la verdad me invaden muchos miedos, espero me puedan ayudar
Buenas tardes , soy de Uruguay, ( Sudamérica) pero tengo pasaporte de España , no la residencia ya que no vivo allá. Mi pareja es Alemana . Mi bebé va a nacer este año y va a ser en Alemania.
Me gustaría que llevara los 2 apellidos , que tramite tengo que empezar a hacer ?
En principio por lo que leí, partida de nacimiento mia de Uruguay…. y no se como seguir..
No estamos casados…..
Alguien me puede ayudar?
Muy facil o muy dificil si quieres…Tu futuro bebe puede poseer desde un principio, una, dos o tres nacionalidades.
Antes de entrar en el Hospital tendras ya que saber que nombre y apellidos portara el nino.
Las nacionalidades uruguaya y espanola las obtendra automaticamente, la alemana depende de tu pareja. Normalmente te pediran que lo denuncies o lo declares.
Si deseas seguir soltera tienes derecho por parte espanola a un Libro de Familia y en cuanto a los dos apellidos seran los tuyos y como todos tenemos derecho a un padre, puedes indicar un nombre supuesto o el de tu propio padre (el abuelo)
Aunque no tengas domicilio ni en Uruguay ni en Espana tendras una partida de nacimiento de ambos paises, si es que has registrado tu nacimiento tambien en Espana.
Para conseguir la documentacion uruguaya tendras que solicitar a traves del departamento consular el Numero de DNI y el correspondiente pasaporte.
Por parte espanola solicitar la inscripcion del nacimiento en cualquier Registro Civil.
Por la parte alemana es el Standesamt quien inscribira al nene que tendra que ser reconocido aunque el papa fuese casado.
No hay mucho misterio para que tenga dos apellidos. En la inscripción en el registro civil espanyol (y supongo que ne el uruguayo) constarán los apellidos de los dos padres, así que automáticamente los tendrá. Si, en cambio, el registro civil que haces primero es el alemán, te sugiero que hagas como nosotros, que le Dimos como apellido compuesto (aunque sin guión) nuestros dos apellidos. De este modo en todos los documentos, tanto espanyoles como alemanes, tiene exactamente el mismo nombre, en previsión de problemas futuros
Muchas gracias por la explicación, mi pareja es Alemana y seguramente lo quiera inscribir primero en lo que sea de los registros alemanes. Pero eso de los apellidos compuesto (o no ), me parece uba buena solución.
Quiero que lleve los dos apellidos , el del padre y el mío claro esta.
En Sudamérica, está muy mal visto que un niño solo tenga el apellido de la madre. Se que acá es diferente, pero bueno , nunca se sabe si algún dia se regresa… o de visita , da igual , que la familia y amigos siempre están.
Hola, gracias por la explicación sobre la inscripción del recién nacido. Pero como seria en el caso de que el niño tenga dos mamas?.
Yo soy alemana y mi mujer es española y queremos inscribirlo en España y sacar pronto los papeles del niño para poder viajar. Estamos casadas, vivimos en Alemania y hemos inscrito a nuestro bebe aqui. Tenemos el libro familiar de españa y queremos inscribirlo en el consulado de españa en berlin. Que papeleo es el adecuado en nuestro caso?..
Tengo una pregunta mi novio español yo sy marroki cn tarjeta residencia de españa actualmente vivimos en alemania y tenemos ya un hijo nacido en españa y ahora vamos a tener otro q requisitos nos piden para registrarlo en alemania y que nacionalidadtendra
En todos casos el Nino sera siempre marroqui al monento de registrarse en el Consulado de Marruecos ya que la madre es marroqui por nacimiento.
Tambien sera espanol por el padre aunque no estea casado. Tendra que Hacer una correspondiente declaracion en el Consulado de Espana y podra obtener un Libro de Familia y una partida de nacimiento
Supongo que no podra acceder oficialmente a la nacionalidad alemana, pero es posible que lo consiga por excepcion ya que en todos casos se tiene derecho a una nacionalidad.
Buenas tardes, en unos meses nacerá nuestro bebé, Yo español mi mujer alemana. Casados y ella cogió mis apellidos.
En el registro alemán el niño, lo registraremos con mis dos apellidos, pero en el registro español, hoy en el consulado nos dijeron que el niño deberá de coger mi primer apellido y luego el apellido de nacimiento de mi mujer o viceversa, pero esto no le veo lógica.
Mi pregunta es, si esto es cierto, o si tanto en el registro alemán y español, podremos darle a mi hijo los mismos apellidos. (, Rodríguez Pérez) y no ( Rodríguez Muller), «ejemplo».
Ya que somos ambos ahora mismo familia Rodríguez Pérez :). Gracias y un slaufo
El Consuldo os informo como casi siempre mal..
Si bien en el Reglamento de Registro Civil se indica que los espanoles deben de poseer obligatoriamente dos apellidos , pero no se especifica cuales.
Tus hijos deberan todos portar los mismos apellidos y pueden no solo llamarse Rodrigez Perez o Rodriguez Müller sino otros diferentes, digamos «Calderon de la Barca» por poner un ejemplo.
El Consulado posee un ejemplar de ese Reglamento a tu disposicion y puedes tambien bajarlo por Internet. Busca el capitulo y articulos que te incumben y solicita la inscripcion de acuerdo al Reglamento.
En caso de negativa Ponte en contacto con el Ministerio de Justicia en Madrid que decidira como es habitual a tu favor y lo comunicara al encargado del Registro Civil en el Consulado correspondiente.
Todo este tramite que duraria unos 30 dias obligaria de oficio al registro del reciennacido.
Muchas gracias por tu respuesta y por el blog. Que de más de un apuro me ha librado. Saludos
¿De qué Reglamento estás hablando?
Al hijo que tenga dos padres solamente se le permite que tenga en el orden que se elija, el primer apellido de cada uno de ellos.
No se permite que tenga los dos apellidos del mismo padre (a menos que sólo haya una madre), ni tampoco que lleve el segundo apellido de uno de ellos. Y en este caso está hablando precisamente de ambas cosas.
Me refiero a la Ley del Regitro Civil y a su Reglamento segun el Decreto 14 de nov. de 1958 editado en el B.O.E. referente a la Direccion Gral. del Registro Civil y del Notariado.
Esta version aun es la oficial aunque haya sido motificada en algunos articulos.
Un ejemplar del Reglamento debe de estar a disposicion de quien lo solicita en todos los Registros Civiles
En el caso de los Nombres y Apellidos, orden y numero puede siempre solicitarse directamente una excepcion al Mo. de Justicia, Direccion Gral. del Registro y del Notariado que actuara casi siempre a favor del interesado si eso fuese denegado por el encargado del Registro.
Nos puede parecer, que las Leyes son para incumplirlas, pero la realidad en este y otros casos es que son muy elasticas…..
Saludos.
Pues ojalá sea cierto lo que dices. No sabes la cantidad de tiempo que llevo mirando y consultado a abogados españoles y alemanes. Por ejemplo, estos reputados abogados especializados en el tema:
https://www.sanchezbermejo.com/abogado/civil/
Me dijeron que la única manera de transmitir el segundo apellido es que el padre o madre invierta lo suyos, y me pedían 500€ por ello.
En las páginas de muchos consulados españoles se indica claramente que sólo puede llevar el primero del padre y el primero de la madre.
Preguntando a varias personas del registro civil del consulado también me dijeron que sólo es posible el primer apellido, aunque eso suponga que tenga distintos apellidos en cada país. Y que el padre o la madre que quiera transmitir su segundo apellido está obligada a invertir sus apellidos, de nuevo aunque esto suponga que tenga distinta documentación en cada país.
Por favor, confirmame si sabes de algún caso de alguien que haya hecho esto. Y si me pudieras dar más información de cómo debo proceder te lo agradecería enormemente.
Muchísimas gracias,
Juan
Respuesta del Consulado, despues de releer todo y ponerme en contacto con la embajada.
Ahora bien, si usted desea que se aplique la ley alemana a los apellidos de sus hijos, es decir los de usted, Noblejas Sánchez, por ser el “Familienname” por el que han optado ustedes según el sistema alemán y desean que sea éste el apellido que lleve su hijo, deberá solicitarlo expresamente a la hora de solicitar la inscripción de nacimiento de su hijo en el Registro Civil consular.
Hola Francisco! Yo tengo un problema similar. Mi hija nació en diciembre y en el Registro Civil de Colonia le puse el primer apellido de mi marido y el segundo mio (porque aquí la ley lo permite). Luego quise inscribirla en el Consulado español y me llamaron a los 3 meses psra decirme que no era posible poner mi segundo apellido sino el primero. Yo me quedé a cuadros porque ahora mi niña está aquí registrada así y no sé cómo resolver ese problema. En el Consulado me dijeron que la podían inscribir tomando mi primer apellido. Es posible eso? que una niña tenga dos identidades, la que le he puesto en Alemania y otra para España sin tener ningún tipo de problema en el futuro? Si el día de mañana me fuera a España que tendría que llevar como segundo apellido el apellido paterno mío ? No se si alguien me puede guiar en esto porque ando un poco perdida. Gracias de antemano
Sí es posible tener unos apellidos distintos en cada país, y es relativamente común. Para muchas cosas tendrá que pedir un Certificado de Diversidad de Apellidos.
La Ley en Alemania no permite registrarlo como hicisteis, ya que sólo permite utilizar la Ley de uno de los países de los progenitores. En este caso elegisteis seguir la ley española, pero lo hicisteis de manera incorrecta, y la persona encargada del registro civil alemán lo aceptó por desconocimiento de la ley española.
Lo mejor sería que corrigierais cuanto antes el registro alemán para que no tuviera diversidad de apellidos. Quizás sería posible que se cambiara los apellidos en España con un procedimiento especial cuando fuera mayor de edad, pero hasta entonces tendría diversidad de apellidos.
El registro civil del consulado está actuando de acorde a la injusta ley y no puede permitir que lo registreis como está ahora mismo mal registrado en Alemania. El registro civil alemán es el único que podríais conseguir cambiar ahora mismo.
El llamar reputados abogados a quienes desean cobrarte 500 EUR es lo mismo que calificar de competentes al personal normalmente subalterno contratado (enchufado) de los consulados.
Sin lugar a dudas, lo estipulado como decreto publicado en el B.O.E. tiene caracter de Ley y es de obligada aplicacion. ..
En ese BOE se especifican varios detalles que pueden ser para ti interesantes. Puedes descargarlo por internet.
Aunque a mi personalmente no me agrada el hablar de mis problemas ya sean pasados o actuales, te dire que yo he tenido ese mismo problema.
La solucion me la dio un sacerdote de la Mision Catolica que habia estudiado derecho informandome de la problematica de los apellidos en los que el Reglamento indica solamente que se deben de poseer dos, pero no indican cuales, ni que deben de ser los de los padres. Contra cualquier decision del Registro Civil, se puede interponer recurso ante el Ministerio de Justicia, Departamento del Registro Civil y del Notariado. El Ministerio nos dara normalmente la razon y contatara con el Registro obligandole a seguir nuestros deseos.
En el mismo BOE existe un capitulo de como registrar a los extranjeros en consideracion de nombres y apellidos.
Te informo que existe la posibilidad, una vez en la vida, de trasladar el Registro a otra Jurisdicion, ejemplo a tu mismo pueblo. Interesante es que en el Libro de Familia hagan una notificacion sobre los apellidos de los hijos, que deben de ser para todos iguales.
Como observaras, no existe nada dificil ni imposible de solucionar. Si no consigues tus derechos, una instancia o queja al Sr. Ministro de Justicia es mas que suficiente.
Hola de nuevo Juan. y de nuevo muchísimas gracias por tu comentario. Si te puedo ayudar en cualquier cosa, que sepas que te debo una.
Si no quieres hablar de manera pública de algo privado, agradecería si pudiera contactar contigo por privado.
Ante el reiterado «NO» que me han estado dando en el consulado, esta semana iré a la oficina del Ministerio de Justicia en Madrid, y aunque espero que me informen allí, no tengo ni idea de cómo me dirán que tengo que tramitar la queja por escrito, y lo mismo son tan incompetentes como en el consulado.
Interesante en el fondo legal el que te hayan dado el NO por escrito.
Posible es que por motivo de la pandemia te dean una cita previa, para efectos del Registro no es necesaria.
En el Ministerio encontraras funcionarios de diferentes tipos, pero pocos tan prepotentes como en el Consulado. Cualquier reclamacion debes de hacerla por escrito aportando las necesarias pruebas.
En Madrid existen, creo que aun hoy, varios Registros por barrios ademas de Registro Central en el mismo Ministerio.. Informarte puedes hacerlo en cualquier Registro Civil y conseguir los obligatorios formularios.
Por lo demas, te deseo exito y satisfacion en tus burocraticos tramites.
Recuerda que cualquier queja debes de hacela por duplicado presentando la carta abierta en la Oficia de Correos que sellara la copia que para que parezca mas oficial, puedes emplear un papel timbrado de 0,05 Euros que puedes adquirir en cualquier estanco. Lo mismo en el Ministerio si alli la presentas.
Por escrito no me han dado el NO, sólo de palabra.
Pregunté también en este foro:
https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=181&t=10050
Me informan que ahora en abril va a ir cambiando la competencia de estos expedientes, espero que no sea para mal.
En el caso que tú conoces, ¿la inscripción en el Registro Civil del consulado se hizo primero como quisieron en el consulado y luego la reclamación ante el ministerio?
El caso que yo conozco es precisamente el mio y por cierto no deseo que lo traten de irreal.
Cuando nacio mi hija no me preocupe para nada. 5 anos mas tarde nacio mi hijo y decidir inscribir a ambos. No me dieron un NO definitivo, pero me informaron que no era posible, asi que me informe por el Cura de la Mision Espanola en el tema del Registro Civil. El habia estudiado Derecho. Me aconsejo efectuar una instancia ante el Ministerio ya que consideraba que el apellido de mi mujer podria ser objeto de discriminacion.
Despues de relativamente poco tiempo recibo una llamada desde la Embajada, no Consulado en la que el Ministerio les envia un carta pidiendoles informacion por no imponer el apellido de mujer en Registro, que era justamente lo contrario a lo que yo solitaba.
A partir de ese momento todo cambio, pidiendome todo tipo de disculpas ya que la reclamacion al ministerio no les traeria solante problemas, tanbien trabajo para evitar una posible sancion….
En otra palabra: Harian humildemente todo lo que les pidiera y si no lo habian hecho antes era porque no lo habia «hablado» antes ya que ellos eran tambien mis conciudadanos y estarian siempre a mi disposicion. Que cinicos!!!!
Ahora viene el resultado:
Primeramente me solicitaron amablemente a renunciar a la reclamacion por escrito, inscribieron a mis hijos y a mi esposa con el apellidos de madre y padre y como mi matrimonio se celebro solo unas semanas antes del cambio de la Ley sobre Nacionalidad de 1. de mayo de 1956 en el Libro de Familia y Partida de Nacimiento hicieron una anotacion que indica que mi esposa por razon de matrimonio obtenia la Nacionalidad Espanola. Hoy no seria tan facil. Curiosamente he sido yo testigo y firmante de la declaracion del nacimiento de mi esposa que posee tambien una Partida de Nacimiento espanola.
Eso fue todo: Como no me habia casado por la Iglesia, me hicieron firmar, que no deseaba contraer matrimonio eclesiastico sin que ello fuese causa de Apostasia.
Si. Se trata de modificar el Reglamento del Registro Civil con la posibilidad de hacerlo los Notarios e implantar el Registro y el Libro de Familia electronico Pero hasta que no se publique en el BOE estos cambios oficialmente no existen.
Muy bien que te informes profundamente, pero no creas todo. Hay siempre exceciones.
Hola,
Soy español y me chica alemana. Hemos tenido una bebé en Frankfurt y ya está registrada como alemana. Necesito registrarla en el consulado español como mi hija para solicitar el permiso de paternidad. Detalle importante, vivo en Madrid y mi chica en Frankfurt por lo que no estoy empadronado en Alemania , en el consulado me dijeron que no puedo registrarla acá sin darme de alta en el registro consular, pero es que creo que no puedo, solo estoy de paso. En el certificado alemán de nacimiento si está ya reconocida como mi hija.
Tendré problemas en España para cobrar la prestación de paternidad ? Muchas gracias !
Hola, vivo en España pero nací en Alemania ( Munchen)hace 40 años , como hago para solicitar un certificado de nacimiento online)? Gracias
Donde puedo conseguir el formato o un ejemplo del consentimiento de la madre al formulario de reconocimiento de paternidad (padre alemán). Gracias.